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Problemas de la Ley Actual

La Ley 102/91 se aprobó en el año 1991, primeros años de la Epidemia en nuestro país. En estos primeros tiempos predominaba el miedo y el desconocimiento sobre el VIH/SIDA.
El problema que plantea la Ley 102/91, acorde para ese momento, deja de lado aspectos muy importantes como:

  • La conceptualización de los temas que se relacionan con el VIH/SIDA, como son la finalidad, objeto y su transverzalización con los Derechos Humanos, ha ser tenido en cuenta para el pleno desarrollo y ejercicio de los derechos de las PVVS o las personas con SIDA.

  • Esta ley sólo se limita a dos aspectos del problema que son la prevención y el control y estos más bien en una fase inicial, es decir, antes de que exista el virus en las personas o inmediatamente después de su aparición, por eso no prevé cuestiones relacionadas con el “después” es decir el tratamiento médico, psicosocial, etc. y dentro de esta; la provisión de antirretrovirales así como el control médico necesario para garantizar el acceso a la salud de las PVVS, y en las personas con enfermedades oportunista manifestadas. Esta limitación es la principal causa de la ineficacia que presenta la Ley así como la falta de reglamentación de la misma.

  • Esta Ley contiene ideas y conceptos de una visión de la realidad de los comienzos de la visualización de la problemática en la década del 90. Hoy, el enfoque exige que la misma se amplíe y abarque una serie de situaciones y cuestiones que se fueron evidenciando en la práctica cotidiana de las personas que enfrentan esta realidad, como por ejemplo ampliar la terminología utilizada incluyendo la calificación de Pandemia.

  • Desde la Mesa de Trabajo por la Modificación de la Ley 102/01 se plantean nuevos paradigmas relacionados al contexto actual (nacional, regional y mundial), resultados de reflexiones surgidas desde diversos puntos de vista que permitan la posibilidad de alcanzar una real seguridad jurídica.

  • Las normas ordinarias vigentes, deberían ser herramientas suficientes para garantizar los derechos, pero esta no es la realidad de las PVVS en Paraguay en los distintos aspectos inherentes a la persona humana (aspectos económicos, accesibilidad a la justicia, la salud integral, falta de seguridad y de protección causada por la discriminación y la intolerancia). Considerando esta situación, las PVVS son una población de extrema vulnerabilidad para la violación sistemática de sus Derechos Humanos; lo cual exige una estrategia impulsada desde la sociedad civil, que exija al Estado Paraguayo que asegure a que “Toda persona tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.

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