Acción Urgente IRÁN: PRESO DE CONCIENCIA CONDENADO A MUERTE

Acerca de esta acción

Inició el 01/09/2017, Finaliza el 09/11/2017

El 27 de agosto, un tribunal revolucionario de Teherán condenó a muerte al maestro espiritual Mohammad Ali Taheri por “propagar la corrupción en la tierra” al establecer el grupo espiritual Erfan-e Halgheh. Lleva ya más de seis años recluido en régimen de aislamiento.

El preso de conciencia Mohammad Ali Taheri fue declarado culpable y condenado a muerte el 27 de agosto de 2017 por la Sección 26 del Tribunal Revolucionario de Teherán por “propagar la corrupción en la tierra” (efsad-e fel arz). En la sentencia se determina que la declaración de culpabilidad obedece a la fundación del grupo Erfan-e Halgheh y a la “corrupción de las ideas y creencias de decenas de miles de ciudadanos musulmanes en todo el país”, y cita como “prueba” los libros, escritos y enseñanzas de Mohammad Ali Taheri. Su abogado dispone de 20 días para recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo. El proceso seguido contra Mohammad Ali Taheri se celebró en dos sesiones: el 6 de marzo y el 10 de julio. Con anterioridad a su primera vista judicial, la televisión estatal iraní emitió El anillo de Satán, un programa que lo presentó como líder de una “secta perversa” y en el que se afirmaba que sus enseñanzas habían llevado a la gente a dudar de sus creencias islámicas. Al final del programa, unas personas que dijeron ser “supervivientes” pidieron su ejecución. Este programa se emitió durante la sesión del 10 de julio, junto con videos de Mohammad Ali Taheri dando clases en Erfan-e Halgheh antes de su detención en 2011.

Es la tercera vez que las autoridades solicitan la pena de muerte contra Mohammad Ali Taheri por las mismas actividades. La primera fue en 2011, cuando un tribunal revolucionario de Teherán lo condenó a cinco años de prisión por “insultar a santidades islámicas”, aunque dijo que había que llevar a cabo más investigaciones para que pudiera pronunciarse sobre el cargo de “propagar la corrupción en la tierra”. Durante los años siguientes, las autoridades lo tuvieron recluido en régimen de aislamiento en la Sección 2A de la prisión de Evin, donde continúa encarcelado, con la excusa de llevar a cabo investigaciones. Finalmente, fue declarado culpable de “propagar la corrupción en la tierra” en 2015 y condenado a muerte, pero en junio de 2016 resultó absuelto. A pesar de ello, no quedó en libertad, y a finales de 2016 las autoridades lo acusaron de “propagar la corrupción en la tierra” basándose en las mismas actividades por las que había sido declarado culpable en 2011.

Información adicional

El proceso penal seguido contra Mohammad Ali Taheri constituye una violación grave de la prohibición de doble procesamiento por el mismo delito, salvaguardia procesal que impide que nadie sea juzgado ni sancionado en la misma jurisdicción por el mismo delito por el que ya ha sido condenado o absuelto. El artículo 14.7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que Irán es Estado Parte, dispone lo siguiente: “Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país.”

 

Mohammad Ali Taheri fue detenido por primera vez en abril de 2010 y quedó en libertad al cabo de dos meses. Volvieron a detenerlo en mayo de 2011 y lo acusaron formalmente de “propagar la corrupción en la tierra” e “insultar a santidades islámicas” al haber establecido la doctrina y el grupo espirituales Erfan-e Halgheh (interuniversalismo). En octubre de 2011, la Sección 26 del Tribunal Revolucionario de Teherán lo declaró culpable por el segundo cargo y lo condenó a cinco años de prisión, pero dijo que había que llevar a cabo más investigaciones para que pudiera pronunciarse sobre el primero. Estas investigaciones sirvieron entonces a las autoridades como pretexto para no trasladarlo al ala general de la prisión de Evin y seguir prolongando su reclusión en régimen de aislamiento.

 

La Guardia Revolucionaria terminó sus investigaciones sobre el cargo de “propagar la corrupción en la tierra” en septiembre de 2014 y afirmó, entre otras cosas, que Ali Taheri había “propagado la corrupción en la tierra” promoviendo su “secta perversa” en el país hasta llegar a alrededor de 50.000 personas. También dijo que había tomado medidas para impulsar un “derrocamiento suave del sagrado sistema de la República Islámica” generando dudas sobre las creencias religiosas de manera generalizada. Mohammad Ali Taheri fue sometido entonces a juicio ante la Sección 26 del Tribunal Revolucionario en marzo y julio de 2015 y declarado culpable y condenado a muerte en agosto de 2015. Sin embargo, en diciembre de 2015, el Tribunal Supremo anuló la declaración de culpabilidad y la condena de muerte tras determinar que las actividades de Mohammad Ali Taheri antes de su detención en 2011 no constituían un delito de “propagar la corrupción en la tierra”. La causa se devolvió entonces a la Sección 26 de Tribunal Revolucionario para que determinara si cabía fundamentar el cargo en otras presuntas actividades, no relacionadas con sus enseñanzas espirituales. En julio de 2016, la Sección 26 del Tribunal Revolucionario dictó su fallo definitivo absolviendo a Mohammad Ali Taheri del cargo de “propagar la corrupción en la tierra”.

 

A pesar de la absolución, e incluso de que Mohammad Ali Taheri ya había cumplido en febrero de 2016 los cinco años de condena que le había sido impuesta en el proceso de 2011, las autoridades se negaron a ponerlo en libertad. En cambio, dieron comienzo a una nueva ronda de interrogatorios y, a fines de 2016, volvieron a acusarlo de “propagar la corrupción en la tierra”, lo que supuso su procesamiento formal en 2017 y que fuera declarado culpable y condenado a muerte. La declaración de culpabilidad se fundamentó en las mismas actividades que se adujeron en 2011 para su condena.

 

Mohammad Ali Taheri fundó la doctrina espiritual de Erfan-e Halgheh tras recibir durante 13 años lo que él asegura fueron “inspiraciones espirituales” que lo capacitaron para comunicarse con una “conciencia cósmica” superior. Junto con sus seguidores, practicaba sus creencias espirituales recién descubiertas en “sesiones curativas”, centradas aparentemente en tratamientos alternativos no medicinales. En el curso de su encarcelamiento, Mohammad Ali Taheri ha mantenido 16 huelgas de hambre en total y ha intentado suicidarse cuatro veces como protesta por su prolongada reclusión en régimen de aislamiento, la falta de acceso a su familia y a su abogado y las reiteradas amenazas de muerte contra él y contra su familia. La última huelga de hambre la inició el 28 de septiembre de 2016, y duró 97 días.

 

Según el Comité de Derechos Humanos, encargado de vigilar el cumplimiento del PIDCP, en el que Irán es Estado Parte, la reclusión prolongada en régimen de aislamiento podría incumplir la prohibición absoluta de la tortura y otros malos tratos. Las Reglas Mínimas de la ONU para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela) prohíben la reclusión prolongada en régimen de aislamiento, considerada como tal cuando dura más de 15 días consecutivos.

Petición a ser enviada

Para: Presidente de la Magistratura Ayatollah Sadegh Larijani, Consejo Superior de Derechos Humanos Mohammad Javad Larijani

Asunto: PRESO DE CONCIENCIA CONDENADO A MUERTE

Mensaje:

 

Sus excelencias

Por la siguiente, les escribo instándoles a que anulen la condena de muerte de Mohammad Ali Taheri y lo dejen en libertad de inmediato y sin condiciones, ya que es preso de conciencia, recluido únicamente por el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de creencias, de expresión y de asociación.

 

Además, recordándoles que, según el derecho internacional, sólo puede imponerse la pena de muerte por los “más graves delitos”, concepto limitado, según la interpretación de diversos organismos internacionales, a los delitos en que haya habido homicidio intencional, y que los cargos que se han presentado en su contra no cumplen esta condición.

 

Así tambien, pidiéndoles que ordenen realizar una investigación independiente e imparcial sobre la prolongada reclusión de Mohammad Ali Taheri en régimen de aislamiento, que constituye una violación de la prohibición absoluta de la tortura y otros malos tratos, y que pongan a los responsables a disposición judicial.

 

Finalmente, expreso mi preocupación porque, en violación del principio de prohibición de doble procesamiento por el mismo delito, fue juzgado tres veces en relación con las mismas actividades pacíficas.

 

Atentamente

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